y últimamente en la diócesis de Conza, en la cual, con el consentimiento apostólico de la Sagrada Congregación de Obispos y Religiosos, se les ha cedido a los suplicantes la iglesia de Santa María Mater Domini con la casa adyacente, junto con un beneficio del clero de la región de Caposele y algunas rentas asignadas por diversos bienhechores, especialmente por el arzobispo de dicha diócesis. En estas casas, además de las misiones, que los suplicantes han predicado continuamente, se ha proporcionado también la oportunidad a los campesinos de acudir de sus aldeas, donde ya tuvieron la misión, para renovar sus confesiones y enfervorizarse con la santa predicación.
En las mismas casas se han dado también varias veces al año ejercicios espirituales cerrados, tanto a los ordenandos como a los párrocos y sacerdotes enviados por sus obispos, así como a los seglares. Esto ha sido de gran utilidad para ellos mismos y para los demás, porque los sacerdotes, tras haber salido reformados con tales ejercicios, se han hecho dignos ministros de la Iglesia para bien de sus coterráneos. Todo esto se prosigue sin interrupción, acrecentando cada vez más la concurrencia y el provecho de la gente.
El Señor, con su mano, ha bendecido mucho esta obra, no sólo con la conversión de muchas almas abandonadas y con el provecho de las comarcas donde los suplicantes han trabajado, sino también con el aumento de candidatos que hasta el presente se han ido incorporando a esta asociación, de manera que en este momento casi llegan al número de cuarenta.
Santísimo Padre, este es el estado en que se halla esta nueva obra. Pero si Su Santidad no se digna concederle su aprobación apostólica, la misión no podrá continuar su feliz desarrollo. Por lo que el suplicante y sus compañeros, postrados a sus pies, por el amor que Su Santidad demuestra por la gloria de Jesucristo y por la salud espiritual de tantos pobres campesinos, que son los hijos más desamparados en la Iglesia de Dios, le suplican se digne conceder su asentimiento apostólico a fin de que la mencionada asociación se erija y constituya como Congregación de sacerdotes seculares con el título del Santísimo Salvador, sujeta siempre a la jurisdicción de los Ordinarios de los lugares, similar a las Congregaciones de los Padres de la Misión y de los Píos Operarios, con la peculiaridad de tener siempre los congregados sus casas fuera de las poblaciones y en medio de las diócesis más necesitadas, para dedicarse mejor al servicio de los campesinos y poder estar así más disponibles para salir en su socorro.
Dígnese también aprobar las Reglas que a su tiempo depositarán a sus pies, confiando en que Su Santidad, que tiene tanto celo por el bien de las almas, en particular de estos pobres campesinos (como lo ha demostrado con la carta circular a los obispos del Reino de Nápoles, insistiendo en socorrerlos lo más posible con las santas misiones), se dignará dar estabilidad con su autoridad suprema a una obra no sólo muy útil, sino también muy necesaria para ayudar a tantas pobres almas que viven privadas de socorros espirituales en las comarcas rurales de este Reino tan dilatado.
Y lo tendrán como gracia de Dios
[Traducción del original italiano publicado en Spicilegium Historicum 17 (1969), 220-223.)